Motivos por los que la Seguridad Social retira el derecho a cobrar la pensión de viudedad

Motivos por los que la Seguridad Social retira el derecho a cobrar la pensión de viudedad

Cuando hablamos de la pensión de viudedad nos referimos a una prestación contributiva a la que se puede acceder cuando la pareja del beneficiario ha fallecido. Su propósito, al igual que el de otras ayudas proporcionadas por la Seguridad Social, es compensar la pérdida de ingresos de la persona afectada (y de su familia, si la tiene), garantizando que no quede desprotegida, especialmente si el fallecido era el principal o único sostén económico del hogar.

No obstante, desde la Seguridad Social señalan que hay situaciones en las que la pensión de viudedad puede extinguirse, lo que genera muchas dudas entre los beneficiarios acerca de cuándo pueden perder el derecho a continuar recibiendo esta pensión de viudedad.

Esta prestación es una de las pensiones contributivas que ofrecen desde el Gobierno de España y tiene la ventaja de poder cobrarse simultáneamente con otras pensiones de su tipo, como la de jubilación o la incapacidad permanente. Por esta razón, muchos pensionistas que tienen derecho a recibir la cuantía máxima, que asciende a 3.175,04 euros en 2024, pueden experimentar una reducción en la cantidad total que perciben.

Para poder acceder a esta prestación, como ocurre con muchas otras, es necesario demostrar que se cumplen ciertos requisitos establecidos. Sin embargo, también hay situaciones en las que el Instituto Nacional de la Seguridad Social decide suspender esta pensión. A continuación, se detallan los motivos que pueden llevar a la pérdida del derecho a cobrar la pensión de viudedad.

¿Por qué puedo dejar de cobrar la pensión de viudedad en 2024?

La Seguridad Social explica a través de su sitio web los motivos por los cuales se puede retirar el derecho a cobrar la pensión contributiva de viudedad. Uno de los principales motivos para la extinción de esta pensión es el nuevo matrimonio o el inicio de una convivencia como pareja de hecho. En estos casos, se considera que el pensionista ya no necesita la prestación, ya que la nueva relación proporciona el soporte económico que justificaba el beneficio. Para que se extinga el derecho, es necesario demostrar una convivencia notoria de al menos cinco años o haber registrado la pareja en el correspondiente registro autonómico o municipal al menos dos años antes.

Otro motivo que lleva a la pérdida del derecho a la pensión es el fallecimiento del beneficiario, ya que la prestación está destinada exclusivamente a su apoyo económico. Asimismo, la pensión se retira si se confirma que la persona causante de la pensión sigue viva, lo que invalida la base sobre la que se otorgó el beneficio.

Además, si el beneficiario ha cometido un delito de lesiones contra la persona causante de la pensión o ha sido declarado culpable de su muerte mediante una sentencia firme, su derecho a recibir la pensión queda extinguido.

Excepciones donde se mantiene la pensión de viudedad

Existen algunas excepciones en las que, a pesar de volver a casarse o formar una pareja de hecho, el beneficiario puede seguir recibiendo la pensión de viudedad. Estas excepciones se aplican bajo ciertas condiciones concretas.

En primer lugar, si el beneficiario tiene más de 61 años, podrá continuar cobrando la pensión de viudedad, incluso si contrae un nuevo matrimonio o establece una nueva convivencia. Si es menor de 61 años, también puede conservar la pensión si cuenta con una pensión por incapacidad permanente absoluta, sufre una gran invalidez o tiene una discapacidad reconocida de al menos el 65%.

Además, es muy importante que la pensión constituya la principal fuente de ingresos del beneficiario, representando al menos el 75% del total de sus ingresos anuales. Asimismo, el nuevo matrimonio o la relación de hecho no deben generar ingresos que superen el límite de dos veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que equivale a un total de 2.268 euros mensuales entre ambos miembros de la pareja.

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