Hacienda ha paralizado el proceso de devolución del dinero que le debe a los mutualistas. Cabe recordar que el origen de estas devoluciones tienen su origen en una sentencia que dictó el Tribunal Supremo en un fallo de febrero de este año. Este, resolvió que las aportaciones realizadas por los trabajadores antes del 31 de diciembre de 1966, las cuales, están exentas de tributación al 100%, y las que se hicieron entre el 1 de enero de 1967 hasta el 31 de enero de 1978, tributan con una reducción del 25%. Esto significa que los contribuyentes pueden reclamar a la Agencia Tributaria (AEAT) la devolución por la parte proporcional de la vida laboral.
¿Por qué se toma esta decisión en referencia a la devolución a los mutualistas?
Según declaraciones del secretario general de Técnicos de Hacienda (Gestha), José María Mollinero, la AEAT ha paralizado este proceso de devolución de las mutualidades para “poner un poco de orden en las solicitudes”. De hecho, Mollinero ha explicado que muchos pensionistas encargaron a sus hijos o nietos que hiciesen las devoluciones online en su nombre. “Pero como estos no son expertos fiscales han podido confundir los procedimientos, lo que está provocando mucho papeleo y tiempo de explicación a los contribuyentes”, ha añadido.
Por otra parte, pese a que Hacienda ya ha abonado 1.247 millones de euros, aún queda pendiente el reintegro de 453 millones. Sin embargo, sorpresivamente, ha detenido repentinamente este proceso a las personas jubiladas que aportaron de más a las antiguas mutualidades del trabajo. Ahora, estos mutualistas, tienen una fecha clave: el 1 de enero de 2025.
¿Qué sucederá el 1 de enero?
A partir del 1 de enero de 2025, Hacienda procederá a cerrar todas las solicitudes que no hayan sido devueltas. Asimismo, pedirá a los apoderados que vuelvan a presentarlas, junto con la correspondiente autorización y así poder clasificarlas de forma correcta. Sin embargo, también puede suceder que la AEAT no les haya devuelto a los pensionistas el dinero de esta campaña de la Renta.
Por estos motivos, los mutualistas deben saber que Hacienda cuenta con un plazo de seis meses, desde que finaliza la campaña para depositar el dinero restante. Dicha campaña tuvo su fin el 1 de julio, por lo que tienen tiempo hasta el 31 de diciembre. De esta forma, si la AEAT tarda más de esos seis meses en pagar, el jubilado tendrá derecho al pago de intereses de demora.
Estos, podrían ascender a un porcentaje anual de 4,0625%, lo que significa que si Hacienda paga por debajo de esos 12 meses, solamente abonará la parte proporcional. Cabe mencionar que hay varias sentencias del Tribunal Supremo que ya instaron a la AEAT a iniciar el proceso de las devoluciones fiscales a los mutualistas. Si quieres mantenerte al tanto de novedades al respecto, no olvides visitar nuestra sección de noticias.