Cerca de 22 millones de contribuyentes en España presentaron su declaración de la Renta en Hacienda que corresponde al ejercicio de 2023 en los pasados meses de abril, mayo y junio de 2024. A partir de esos meses, miles de ciudadanos han podido ir recibiendo las devoluciones que corresponden a este ejercicio.
La Agencia Tributaria, por norma general, suele realizar las devoluciones de forma casi inmediata, pero en algunos casos el proceso se puede extender hasta los seis meses ya que tienen hasta final de año para realizar los pagos correspondientes a las devoluciones. Pero, ¿qué ocurre con aquellas personas a las que les haya salido a pagar y tengan que realizar ahora el segundo pago? ¿Cuándo realizarán el cobro desde Hacienda?
El segundo pago de Hacienda llegará en pocas semanas
Los contribuyentes a los que Hacienda les haya salido a pagar tenían dos opciones; o bien realizar el pago íntegro en el momento o bien fraccionar este pago en dos veces. Para los ciudadanos que decidieran fraccionar el pago a Hacienda, tuvieron que abonar el 60% del importe en el momento de presentar la declaración y ahora tendrán que abonar el 40% restante.
El ingreso de la cantidad restante debe realizarse en una entidad de crédito colaboradora en la gestión recaudatoria, como un banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito, que opere en territorio español y donde el contribuyente tenga abierta la cuenta en la que se domicilie el pago. Eso sí, previamente, el contribuyente debe haber domiciliado el pago dentro de los plazos establecidos. Esto se realiza en el momento de fraccionar el pago, por lo que ya debería estar domiciliado y solo tendrás que esperar a que Hacienda realice el cargo en tu cuenta bancaria.
Todo este proceso por parte de Hacienda se llevará a cabo «sin perjuicio de la opción de aplazamiento o fraccionamiento del pago contemplada en la Ley General Tributaria y desarrollada en el Reglamento General de Recaudación».
Fecha del cobro del segundo pago de Hacienda
Los ciudadanos que hayan elegido este modelo deben tener en cuenta que, según Hacienda, el segundo plazo, correspondiente al 40% restante del importe, deberá abonarse hasta el 5 de noviembre de 2024 inclusive.
La AEAT subraya que «el ingreso del segundo plazo deberá realizarse por vía electrónica o directamente en cualquier oficina ubicada en territorio español de las entidades colaboradoras (bancos, cajas de ahorro o cooperativas de crédito) utilizando el modelo 102, hasta el 5 de noviembre de 2024 inclusive».
¿Qué ocurre si no pago el segundo plazo a la Agencia Tributaria?
En el caso en el que el contribuyente decida no realizar el pago del segundo plazo a Hacienda se pueden presentar dos escenarios diferentes, y ninguno especialmente positivo:
- Si el pago voluntario se efectúa fuera de plazo, se aplicarán los siguientes recargos: un 5% si el retraso es de hasta tres meses, un 10% si es de hasta seis meses, un 15% si se retrasa hasta doce meses, y un 20% más intereses de demora del 4,0625% si el retraso supera el año.
- Si finalmente es Hacienda quien toma la iniciativa de reclamar el pago al contribuyente, la sanción puede variar entre el 50% y el 150% del importe adeudado.
En este último caso, el porcentaje dependerá de la gravedad de la infracción que se haya cometido, es decir, de la cantidad que haya que pagar a Hacienda. En el peor de los casos, que ocurre cuando el impago se prolonga más de lo deseado, desde la Agencia Tributaria pueden embargar la cuenta bancaria y los bienes de la persona responsable para poder liquidar la deuda.
Otro aspecto importante a considerar es que cualquier reclamación de pago interrumpe la prescripción de la deuda. Cabe recordar que el plazo de prescripción es de cinco años, siempre que no haya un requerimiento de pago, aunque en el caso de la Agencia Tributaria esta situación no suele ser demasiado habitual ya que, antes que se acabe el plazo de la deuda, suelen requerir el pago restante.